jueves, 19 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

SEMANA DEL 08 AL 14 DE NOVIEMBRE

Sábado 14 de Noviembre de 2009

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 775-2009-MTC/01.- Aceptan transferencia en la modalidad de donación a favor del Ministerio, en el marco del Proyecto "Desarrollo de la Sociedad de la Información en el País"


El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), con el objeto de impulsar la implementación de políticas, acciones y proyectos orientados a desarrollar las comunicaciones en el país, a fin de disminuir la brecha digital y la inequidad en el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, suscribió un Convenio con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, con el objetivo de ejecutar el Proyecto “Desarrollo de la Sociedad de la Información en el País”.

El objetivo de dicho proyecto debe estar orientado a impulsar la implementación de políticas y acciones y proyectos orientados a disminuir la brecha digital en el país y la inequidad en el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, así como la de modernizar el equipamiento diverso que sirva de base a la gestión de control y supervisión y provisión de servicios asignados al sector; así como la realización de estudios y lineamientos de política de comunicaciones.

En tal sentido, mediante la mencionada resolución ministerial se aceptará la transferencia en la modalidad de donación, efectuada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de los bines muebles cuyo valor se encuentra detallado en dicha resolución.

Asimismo, las Oficinas de Patrimonio y Finanzas de la Oficina General de Administración procederán al ingreso patrimonial y contable respectivamente.


Sábado 14 de Noviembre de 2009

ORDENANZA Nº 023-2009-REGION ANCASH/CR.- Declaran como prioridad Regional la promoción del Derecho a la Salud y a la Vida, mediante acciones de prevención de las ITS y VIH/SIDA, en los/las adolescentes en la Región Ancash


Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, constituyéndose en perdonas jurídicas de derecho público con autonomía, siendo en tal sentido que entre sus funciones se encuentra el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la Región en concordancia con el Plan de Desarrollo Regional de Salud; coordinando las acciones de salud integral en el ámbito regional, así como promoviendo y ejecutando en forma prioritaria las actividades de promoción de la salud entre otras.

Asimismo, acorde con el Plan Nacional de Lucha contra el Virus de Inmunodeficiencia Humana, el Sida y las enfermedades de transmisión sexual, comprendió en la Ley N° 26626; se establece que la atención a las personas con VIH y SIDA debe responder de manera integral a sus componentes biológicos, psicológicos y espirituales comprendiendo en dicho proceso a su familia y a la sociedad, así también, tiene derecho a recibir atención integral de salud continua y permanente por parte del Estado, a través de todos o participación directa o indirecta y a la prestación provisional que el caso requiera.

En tal línea, la Ley General de Salud, señala que la autoridad de salud competente, es responsable del control de enfermedades transmisibles en el ámbito de su jurisdicción, quedando facultada a dictar las medidas de prevención y control para evitar la aparición y propagación de enfermedades transmisibles, quedando todas las personas naturales o jurídicas, obligadas al cumplimiento bajo sanción.

Así también, para efectos de resaltar la importancia de la protección de la salud, es importante considerar lo señalado por la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que señala en su artículo 19 que todo niño tiene derecho a las medias de protección que en su condición de menor requieren por parte su familia, de la sociedad y del Estado. En consonancia, el artículo 21 del Código de los Niños y Adolescentes, indica que el niño y el adolescente tienen derecho a la atención integral de la salud, mediante la ejecución de políticas que permitan su desarrollo físico e intelectual en condiciones adecuadas.

Siendo así, la mencionada Ordenanza tiene como prioridad, la promoción del Derecho a la Salud y a la Vida mediante acciones de prevención de enfermedades como el VIH/SIDA en los adolescentes de la Región de Ancash, impulsando las acciones que contribuyan a la atención integral de los adolescentes mayores de 14 años de edad, en servicios de Consejería, así como en el diagnóstico y tratamiento de Infecciones de Transmisión Sexual y VIH en cada uno de los establecimientos que brindan atención en salud en el ámbito de la Región Ancash.